Servicio especializado

Permiso Individual de Formación (PIF)

Gestionamos en FUNDAE todo el proceso del Permiso Individual de Formación para que tu empresa pueda bonificarse los costes salariales de las horas de ausencia del trabajador.

¿En qué consiste un PIF?

El Permiso Individual de Formación (PIF) permite al trabajador, con autorización de su empresa, conciliar trabajo y estudios y dedicar parte de su jornada laboral a realizar cualquier formación reconocida por una acreditación oficial, incluidas las correspondientes a certificados de profesionalidad o acceder a los procesos de reconocimiento de la experiencia laboral.

La empresa podrá bonificarse por el coste salarial de las horas que el trabajador/a se ausenta (hasta 200 horas laborables por año natural o curso académico) para que pueda desarrollarse profesional y personalmente.

¿Cuántas horas se pueden bonificar?

De 1 a 9 trabajadores
Hasta 200 horas de permiso
De 10 a 49 trabajadores
Hasta 400 horas de permiso
De 50 a 249 trabajadores
Hasta 600 horas de permiso
De 250 a 499 trabajadores
Hasta 800 horas de permiso
Por cada 500 trabajadores sobre los 499
200 horas adicionales

Preguntas frecuentes

¿Cómo y quién debe solicitar el permiso?

Los trabajadores por iniciativa propia podrán solicitar a su empresa un Permiso Individual de Formación. Podrán participar los trabajadores asalariados que prestan sus servicios en empresas o en entidades públicas no incluidas en el ámbito de aplicación de los acuerdos de formación en las Administraciones Públicas y coticen a la Seguridad Social en concepto de formación profesional.

¿Cuántas horas puede solicitar cada trabajador?

La financiación de los costes salariales de cada permiso estará limitada a un máximo de 200 horas laborales por permiso y curso académico o año natural, según el caso. Los citados costes estarán constituidos por el salario del trabajador (sueldo base, antigüedad y complementos fijos, así como por la parte correspondiente de pagas extraordinarias) y las cotizaciones devengadas a la Seguridad Social durante el período del permiso.

¿Está la empresa obligada a aceptar la solicitud del trabajador?

La denegación de la autorización del permiso por parte de la empresa deberá estar motivada por razones organizativas o de producción, comunicándolo al trabajador.

¿Qué requisitos debe cumplir la formación?

La formación debe estar reconocida mediante una titulación o acreditación oficial (incluidos certificados de profesionalidad y títulos universitarios propios). Debe ser presencial o contar con clases, prácticas o tutorías presenciales obligatorias. Se realizará en el horario laboral del trabajador y deberá estar dirigida al desarrollo de las cualificaciones técnico-profesionales o a su formación personal.

¿Qué documentación debe conservar la empresa?

La empresa debe conservar: la solicitud del PIF y autorización (Anexo I de FUNDAE), la matrícula oficial o inscripción, el horario de las clases, las nóminas del periodo de formación y el horario laboral de los trabajadores solicitantes.

¿Cómo se aplican las bonificaciones?

Las empresas aplicarán las bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social a medida que abonen los salarios a los trabajadores que disfruten de los permisos. Deberán comunicar previamente la cuantía y el mes en que se aplica la bonificación.

Nuestra tarifa básica es de 75€ + IVA por grupo

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